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Unidad de Planificación

  • Última actualización: Jueves, 10 Octubre 2019 11:17

La Unidad “Planificación Institucional” es el órgano staff responsable de coordinar, ejecutar, planificar, programar, supervisar, controlar, evaluar y asesorar para el cumplimiento de aquellas labores propias del ámbito del desarrollo organizacional, la planificación estratégica y la programación operativa sustantiva  institucional, con el fin de facilitar la mejora continua y el progreso de las distintas unidades y órganos staff de la organización, para la consecución y el cumplimiento exitoso de los compromisos internacionales, regionales, nacionales, interinstitucionales, intersectoriales e institucionales incorporados en: i) el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública; ii) la Estrategia Nacional sobre Drogas y Delitos Asociados; iii) el Plan Nacional sobre Drogas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo; iv) el Plan Estratégico Institucional; v) el Plan Estratégico de Tecnologías de Información; vi) el Plan Operativo Institucional; y vii) la Programación Operativa Sustantiva Institucional.

Las funciones de la Unidad “Planificación Institucional”, sin perjuicio de otras que puedan establecerse en el futuro, son las siguientes:

De acuerdo a la Ley de Planificación Nacional N°5525, Artículo 28, las UPI tendrán las siguientes funciones: 

Cumplir con los lineamientos y las orientaciones relacionados con los procesos de planificación y la rendición de cuentas emanados por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), el Ministerio de Hacienda (MH), la Contraloría General de la República (CGR), Casa Presidencial (CP) y Asamblea Legislativa (AL), para asegurar que los procesos de rendición de cuentas e informes sobre el accionar de la institución se efectúen a cabalidad.

Establecer los vínculos necesarios con MIDEPLAN, el MH y la CGR, para asegurar el cumplimiento de los procesos de rendición de cuentas e informes sobre el accionar de la institución.

Dirigir los procesos de planificación estratégica u operativa institucional de corto, mediano y largo plazo, a partir de los lineamientos, metodologías y procedimientos establecidos por la o el jerarca institucional y por el Sistema Nacional de Planificación (SNP).

Operar como parte integrante del SNP para asegurar su efectivo funcionamiento  y el cumplimiento de los instrumentos de planificación y de rendición de cuentas.

Colaborar con Ministerio de Planificación y Política Económica (MIDEPLAN) como rector técnico del SNP, proporcionando los insumos y requerimientos que les solicite.

Dirigir y coordinar los procesos de seguimiento y evaluación del cumplimiento institucional de las políticas y metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (PNDIP) y en los instrumentos de planificación institucional, considerando otros instrumentos de planificación nacional, sectorial y regional.

Formular el Plan Estratégico Institucional (PEI) con sujeción a los lineamientos, metodologías y procedimientos emitidos por MIDEPLAN.

Elaborar y proponer a la o al jerarca institucional el POI y verificar su incorporación en la formulación de los presupuestos institucionales.

Apoyar a las o los jerarcas institucionales en las actividades de rendición de cuentas de la gestión institucional, con inclusión de la elaboración de memorias e informes que fomenten mayor transparencia ante la ciudadanía.

Rendir informes semestrales y anuales ante la o el jerarca institucional sobre la evolución de la institución en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.

Proponer iniciativas de evaluación que sirvan para analizar los efectos de las estrategias y de las políticas que han sido implementadas e impulsar medidas de mejoramiento continuo de la planificación institucional.


Coordinar con los Enlaces Institucionales de Cooperación Internacional las actividades de cooperación internacional (Así reformado el inciso anterior por el Artículo 1° del decreto ejecutivo N°38491 del 12 de mayo del 2014).

Proponer los diseños de los procesos de organización institucional y dar seguimiento a las reorganizaciones aprobadas por MIDEPLAN, informando oportunamente a la o el jerarca institucional y a MIDEPLAN.

Realizar análisis y estudios sobre el comportamiento institucional para apoyar propuestas de desarrollo de mediano y largo plazo.

Coordinar con las oficinas de la respectiva institución la transferencia de información al Centro de Información de Planificación para el Desarrollo.

Promover la desconcentración y descentralización cuando previos estudios técnicos se determine su conveniencia para mejorar la prestación de los servicios públicos que brinda su institución.

Velar por la participación ciudadana en los procesos de planificación institucional.

Apoyar a la o el jerarca institucional en la realización de labores de control interno y valoración de riesgos institucionales, en concordancia con la planificación institucional y conforme a las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.

Cooperar y coordinar actividades con las Secretarías Sectoriales para una efectiva integración del respectivo sector. Las UPI y las Secretarías Sectoriales generarán alianzas para desarrollar procesos de planificación conjuntos y de responsabilidad compartida.

Establecer y coordinar acciones de capacitación institucional en aspectos de planificación.

Asesorar a las autoridades superiores del Instituto en la formulación de políticas, lineamientos y directrices relacionadas al accionar institucional.

Asesorar y facilitar los procesos de toma de decisiones de la Administración Activa, mediante la generación y análisis de información confiable, relevante y oportuna. 
Cualesquiera otras que contribuyan al logro de sus cometidos.

 
De acuerdo a la Ley General de Control Interno N°8292 , Capítulo III – La Administración Activa, Sección I – Deberes del jerarca y los titulares subordinados, la UPLA deberá apoyar a la Administración Activa para que se cumpla lo que reza en el Artículo 12. – Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:

Velar por el adecuado desarrollo de la actividad institucional.

Elaborar los instrumentos técnicos y metodológicos necesarios para que las unidades y órganos staff del ICD cumplan con las funciones de planificación, seguimiento, evaluación y mejora del sistema de control interno institucional.

Coadyuvar en la mejora organizativa institucional.

Planificar, dirigir, asesorar y coordinar el proceso de evaluación de riesgos institucionales.

Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades.

Asegurarse de que los sistemas de control interno cumplan al menos con las características definidas en el Artículo 7 de la Ley N°8292.

Presentar un informe de fin de gestión y realizar la entrega formal del ente o el órgano a su sucesor, de acuerdo con las directrices emitidas por la Contraloría General de la República y por los entes y órganos competentes de la administración activa.