La Unidad de Control y Fiscalización de Precursores ejerce el control de la importación, exportación, reexportación y tránsito internacional de las sustancias denominadas precursores y químicos esenciales; además, debe dar seguimiento a la utilización de estas sustancias en el territorio nacional.
La estructura técnica y administrativa de la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores se dispone reglamentariamente.
Son funciones de la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores, las siguientes:
- Definir los requisitos, tramitar la inscripción y emitir las licencias respectivas para las siguientes personas:
1.- Los importadores de precursores y químicos esenciales.
2.- Los usuarios de precursores y químicos esenciales en el nivel nacional.
3.- Los exportadores y/o reexportadores de precursores y químicos esenciales.
- Tramitar y resolver las solicitudes de autorización de importación, para todos y cada uno de los cargamentos de precursores y químicos esenciales que ingresen al país.
- Tramitar y resolver las solicitudes de autorización de exportación y reexportación, para todos y cada uno de los cargamentos de precursores y químicos esenciales que salgan del país.
- Dar seguimiento al uso de precursores y químicos esenciales a nivel nacional.
- Definir los requisitos y tramitar la renovación de los permisos de importación.
- Colaborar en la vigilancia del comercio internacional de precursores y químicos esenciales, mediante la coordinación, la cooperación y el intercambio de información con las autoridades competentes de otros países y con los organismos internacionales relacionados con la lucha antidrogas.
- Llevar registros actualizados de las licencias otorgadas, las licencias revocadas, las importaciones, las exportaciones y las reexportaciones autorizadas y denegadas, así como de cualquier otra información de interés para el control y la fiscalización de precursores a nivel nacional e internacional.
- Remitir a la JIFE las estadísticas anuales referentes a precursores y químicos esenciales.
- Revisar periódicamente las normas de control y fiscalización de precursores y químicos esenciales, con el fin de mantenerlas actualizadas.
- Coordinar, con el Ministerio de Hacienda, el seguimiento de los precursores y químicos esenciales que ingresen al territorio nacional en tránsito internacional.
- Comunicar, al Ministerio Público, las situaciones de posibles desvíos de precursores y químicos esenciales, para que este Ministerio defina las intervenciones correspondientes.
- Participar en la elaboración, revisión y actualización de normativas relacionadas, directa o indirectamente, con el control de precursores; asimismo, en la elaboración de acuerdos o convenios, bilaterales o multilaterales, en los cuales se aborden temas relacionados con esta materia.
- Participar en comisiones técnicas relacionadas con el control de la oferta de drogas.
- Cumplir todas las funciones que en el futuro se consideren necesarias para alcanzar los objetivos de la Institución.