Sistema de Registro y Reportes de Sujetos Obligados, que desarrollan alguna de las actividades descritas en el artículo 15 y 15bis de la Ley 8204.
Requisitos y trámite:
Dirigido a las personas físicas y jurídicas que desarrollan actividades económicas mencionadas en el artículo 15 bis de la Ley 8204.
Las personas físicas y jurídicas mencionadas anteriormente deberán inscribirse ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) por medio de la plataforma electrónica denominada “UIF Reportes”.
Una vez completado el formulario de inscripción y adjuntado los documentos requeridos por sistema entra en una etapa de validación por parte del administrador del sistema.
Inscrito y aprobado el nuevo sujeto obligado está habilitado para remitir a la UIF por medio de la misma plataforma los reportes de operaciones en efectivo (ROE) así como los reportes de operaciones sospechosas (ROS).