PRECURSORES: Autoridad nacional competente bajo el artículo 12 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988.


El Artículo 12, párrafo 9 establece la base para el nombramiento ante la Secretaría General de la Organización de Naciones Unidas de las autoridades nacionales a cargo de regular y aplicar controles sobre los precursores y químicos esenciales. En Costa Rica, estas responsabilidades están a cargo de:


Ministerio de la Presidencia

Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD)

Unidad de Control y Fiscalización de Precursores


Teléfono:   (506) 2527-6417

Fax:  (506) 2524-0234

e-mails:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


 

Última modificación: 19 December 2024.