ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS DE USO MÉDICO Y CIENTÍFICO: Autoridad nacional competente bajo el artículo 18 de la Convención Única Sobre Estupefacientes de 1961 y el artículo 16 del Convenio Sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971.
Estos artículos disponen la designación por parte de los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas de las autoridades nacionales competentes para la emisión de certificados y la autorización de importaciones o exportaciones de estupefacientes y sustancias psicotrópicas para uso médico y científico. En el caso de Costa Rica, esta responsabilidad recae en la siguiente autoridad:
Ministerio de Salud
Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes
Teléfono: (506) 2223-0333, Ext.224
Fax: (506) 2257-7827
Apartado postal: 10123-1000, San José
Web site: https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/regulacion-de-la-salud?layout=edit&id=55
Correos de Contacto:
- Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario:
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