La Unidad de Informática es la responsable de promover la articulación y el óptimo funcionamiento de los sistemas y subsistemas que conforman el sistema de información institucional y sus procesos permanentes de captura, validación, selección, manipulación, procesamiento y comunicación, a partir de las demandas y necesidades de los usuarios. La estructura técnica y administrativa de la Unidad de Informática esta dispuesta reglamentariamente.
La Unidad de Informática tendrá las siguientes funciones:
a) Planear, organizar, coordinar, controlar y evaluar los procesos de desarrollo del sistema de información institucional, a fin de modernizar y sistematizar su funcionamiento.
b) Promover y participar en el diseño, la sistematización y el control de los procesos de planificación conjunta e integral de los subsistemas de información en los niveles de gestión interinstitucional, a fin de propiciar una utilización óptima y racional de los recursos tecnológicos.
c) Coordinar, orientar y recomendar en materia de información y tecnología computacional para las contrataciones correspondientes.
d) Coordinar, con las jefaturas de las unidades del Instituto, la preparación de los requerimientos de insumos necesarios para desarrollar las actividades propias de la Institución.
e) Diseñar, proponer y coordinar la implantación de normas, estándares, lineamientos y procedimientos relacionados con los elementos de "hardware", "software", redes y comunicaciones de la plataforma técnica y de tecnologías relacionadas con la gestión de la informática institucional.
f) Cumplir todas las funciones que en el futuro se consideren necesarias para alcanzar los objetivos de la Institución.